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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320207
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 795
RENTAS, CONGELACION DE (SUSPENSION).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 795
Debe negarse la suspensión contra la aplicación del decreto de 31 de diciembre de 1947, ya que el artículo 6o. de dicho ordenamiento, da a las disposiciones que contiene, un carácter de orden público, situación que es suficiente para fundar la negativa del beneficio.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6702/48. Merino Galera Mariano. 7 de febrero de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.