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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1407
DESLINDES, CONOCIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO CONSISTENTE EN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1407
La circunstancia de que el ingeniero comisionado rinda informe en el sentido de que no puede practicar un deslinde, en vista de la oposición de los campesinos pertenecientes a un comisariado ejidal, no basta para establecer que éste haya tenido conocimiento de los actos reclamados, en determinada fecha, ni que hayan cesado los efectos de los actos reclamados, o que no se afecten los intereses jurídicos del comisariado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8119/48. Comisariado Ejidal de "Ojo de Rana". 2 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.