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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1603
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS, SUSPENSION EN CASO DE APLICACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1603
Tratándose de la aplicación de un Código de Procedimientos Civiles, la naturaleza de tal ordenamiento, por sí sola, le da el carácter de orden público, y en consecuencia, debe negarse la suspensión en contra de dicha aplicación; pues de concederse, se vulnerarían los efectos de esa ley, lo cual no es propio de una resolución incidental, sino de la de fondo, que es la que debe decidir sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley, la cual debe regir por su naturaleza propia, mientras no se decida el aspecto señalado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8553/48. "Clemente Fernández y Hermano". 7 de marzo de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.