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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1394
PATENTES, NULIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1394
No es violatoria de garantías la resolución de la Secretaria de la Economía Nacional que declara que no ha lugar a declarar la nulidad de una marca comercial, haciendo uso de la facultad discrecional de apreciación de que goza, conforme a la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5779/48. Knopfler Jorge. 19 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Franco Carreño. Disidente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.