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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320348
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1795
PLUSVALIA, GARANTIA DE AUDIENCIA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1795
Para que la garantía de audiencia a que se refieren los artículos 12, 17, 18, 19 y 21 del Reglamento de la Ley de Planificación, no resulte violado, es necesario que las autoridades que intervengan a través del representante temporal de la Comisión Mixta de Planificación, den al interesado, intervención en la determinación y cálculo del impuesto correspondiente.
Precedentes
Tomo XCVIII, página 2405. Indice Alfabético. Amparo en revisión 7423/48. Rojas Gilberto. 1o. de diciembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.
Tomo XCVIII, página 1795. Amparo administrativo en revisión 6599/48. "Edificio Cantabro", S. A. 1o. de diciembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.