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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1997
AMPARO CONTRA UNA LEY, RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1997
En la tesis de jurisprudencia sobre que antes de ocurrir al amparo no existe obligación de acudir a los recursos ordinarios establecidos en la ley del acto, cuando se reclama principalmente la anticonstitucionalidad de ésta, debe aclararse que no debe entenderse que el uso de la expresión "principalmente" quiera significar que en el orden de señalamiento de los actos reclamados, se coloque en primer lugar como acto la ley que se impugne, sino que lo sea como fundamental.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5974/48. Gutiérrez Gurría de Aguilera Amada. 9 de diciembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.