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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320373
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 302
LANA, IMPORTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 302
Es improcedente conceder la suspensión contra el Decreto que impone restricciones a la importación de mercancías, durante el estado de emergencia, así como contra la Circular 309 2-21, de 14 de marzo de 1945, que señala las diversas calidades de lana que quedan sujetas a restricciones de importación.
Precedentes
Amparo administrativo . Revisión del incidente de suspensión 5067/45. Asociación Nacional de Fabricantes de Artículos de Lana. 10 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.