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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 324
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ANTICIPOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 324
Si al formular una reclamación definitiva por un ejercicio, el causante manifiesta haber sufrido pérdidas en su negociación, no hay razón para exigírsele el pago de anticipos o enteros provisionales.
Precedentes
Revisión fiscal 3/48. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 12 de julio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente .