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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320400
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 887
MINAS, SEGURIDAD EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 887
El hecho de haber advertido a un minero que no ejecutara determinado acto, no libra a la empresa de la responsabilidad por el accidente sufrido, si además de la imprudencia del accidentado, el hecho ocurrió en un lugar en donde no estaban cumplidas las disposiciones relativas a seguridad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2804/48 . Cooperativa Minero Metalúrgica " Santa Fe de Guanajuato" No. 1, S. C. L. 28 de julio de 1948. Mayoría de tres votos . Ausente: Octavio Mendoza González. Disidente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.