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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 330/2017 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 28 de septiembre de 2017.

Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
320420
Clave de tesis
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1181

TERCER PERJUDICADO EN EL AMPARO CONTRA UNA LEY.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1181

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 2049/1948. Borneque viuda de León de la Barra Refugio y coagraviados. 11 de agosto de 1948. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 330/2017 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 28 de septiembre de 2017.
Registro digital (IUS): 320420