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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2058
EJIDOS, NOTIFICACIONES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2058
Si no obra en autos acuerdo alguno por virtud del cual el Juez del conocimiento, hubiera dado vista al afectado, por medio de notificación personal, con la razón puesta por el actuario, en el sentido de que un oficio no fue entregado al ingeniero ejecutor, señalado como autoridad responsable, en la demanda de amparo contra la inclusión de unas tierras en la dotación de un poblado, tal omisión tiene como consecuencia privar al afectado de manifestar oportunamente al respecto, lo que a su derecho convenga, con un resultado que muy bien pudiera influir en la sentencia que debiera dictarse en definitiva, y por tanto, debe reponerse el procedimiento a partir de la notificación hecha al citado ingeniero ejecutor, a efecto de que se dé vista al quejoso, de la razón respectiva, puesta por el actuario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4030/48. Lloret Angel Just. 8 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.