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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2368
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ANTICIPOS AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2368
El Decreto de veinte de enero de mil novecientos cuarenta y cuatro, que estableció el pago del impuesto del anticipo a los causantes de la renta, en cédula I, comprende a personas determinadas con circunstancias concretas, o sea a dichos causantes en cédula I, a quienes obliga a hacer un anticipo dentro de determinados periodos, mediatos e inmediatos, y por lo mismo, la expedición afecta desde luego a los causantes y si no se interpuso amparo contra él, debe estimarse consentido.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2887/48. Constructora Atlas, S. A. 23 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.