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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320475
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2468
PULLMAN, NATURALEZA DE LAS OPERACIONES DE LA COMPAÑIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2468
Es inaplicable a la Compañía Pullman, por la naturaleza misma del giro a que se dedica, el artículo 77 de la Ley General del Timbre, ya que no efectúa operación alguna por la que otorgue recibo, por lo que, teniendo en cuenta el contenido del tercer párrafo de dicho artículo, la releva de cubrir el impuesto de que se trata.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4684/48. Compañía Pullman. 27 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.