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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2485
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2485
Si la autoridad contratante, sin que se haya expresado así en el contrato, apercibe a los particulares con quienes contrató, de que rescindirá los contratos si no cumplen con determinadas condiciones, y tal apercibimiento se publicó en la prensa, esto no tiene fuerza legal para modificar las obligaciones que recíprocamente adquirieron los contratantes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5077/48. López Menéndez José. 27 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXX, página 238. Amparo administrativo en revisión 8759/43. López Suárez Daniel. 4 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.