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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320481
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2551
ACTOS VIOLATORIOS POR SI MISMOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2551
Por acto violatorio de garantías por sí mismos, sólo debe entenderse aquel que la propia Constitución prohibe, mas no los que su constitucionalidad depende de determinadas circunstancias de hecho, que es necesario probar en el juicio de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5272/48. Negociación Aérea Mexicana, S.A. 29 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.