Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/320497
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320497
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 315
CASAS HABITACION, OBLIGACION DE PROPORCIONARLES AGUA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 315
El hecho de dejar de proporcionar el agua a los arrendatarios de habitaciones, sancionando por el decreto de 11 de noviembre de 1943, no es excusable por la circunstancia de que se descomponga el implemento habitual para proporcionarla, ya que siendo obligación del arrendador hacerlo, puede subsanar tal deficiencia, por otros medios.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8284/47. Urrutia Ezcurra Martín, sucesión de. 12 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.