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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 413
RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 413
El hecho de interponer el único recurso útil concedido por la ley del acto, para modificar un fallo de resolución administrativa, no puede en estricta lógica, interpretarse contra un consentimiento, sino justamente lo contrario de cuando se hace uso del recurso que concede la ley contra la cual se ha amparado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2188/47. Jiménez Angel. 15 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.