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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320515
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 561
ACTOS DERIVADOS DE ACTOS NEGATIVOS, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 561
El criterio de que la suspensión es improcedente cuando un acto sea consecuencia de otro negativo, porque de concederse equivaldría a darle efectos restitutorios, es aplicable al caso en que el acto original consiste en que el gobernador de un Estado niegue una solicitud de expropiación, pues las consecuencias y efectos de su negativa que se traducen en la determinación de archivar el expediente expropiatorio, no son susceptibles de suspensión, máxime, si se tiene en cuenta que no se causan daños o perjuicios de difícil reparación al afectado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5066/47. Vázquez Víctor. 21 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.