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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320527
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 862
EXPROPIACION, INDEMNIZACIONES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 862
No es violatoria de garantías la resolución que confirma un decreto expropiatorio, aunque en ella no se fije la indemnización, si esta circunstancia la motiva la inconformidad del quejoso con el precio fijado en el decreto expropiatorio, inconformidad que dio lugar a que se ordenara que dicha fijación se promoviera ante la autoridad judicial competente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7425/47. Garza Mondragón Carmen de la. 28 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.