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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320543
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1524
EJIDOS, AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1524
El hecho de que se admita una demanda en materia de tierras, es únicamente con el objeto de no dejar sin defensa a las partes y de que se tramite el juicio, a efecto de que sean oídas y presenten sus pruebas, pero indudablemente que sin perjuicio de no limitar la facultad del juzgador para tomar en consideración cualquiera causa de improcedencia que resulte.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1197/48. Cámara Laviada Esperanza. 9 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.