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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320560
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1925
LEYES, EN EL AMPARO CONTRA LAS, DEBE SEÑALARSE A LA AUTORIDAD DE QUIEN EMANAN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1925
Debe sobreseerse en el amparo pedido contra la aplicación de una ley, cuando no se señala, como autoridad responsable al órgano que la dictó, ya que éste queda privado de la garantía de audiencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2593/48. Collantes Francisco L. 21 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.