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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320562
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1979
AGUAS, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1979
Es improcedente conceder la suspensión contra el decreto que reglamenta el uso de aguas por particulares, ya que es notoria la existencia del interés general, en el sentido de que el aprovechamiento de las aguas se haga en beneficio de la gran mayoría de los agricultores, y el beneficio de la colectividad está por encima del perjuicio que pudiera resentir el particular quejoso.
Precedentes
Tomo XCVI, página 2343. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 9183/46. Farfán viuda de Betanzo Trinidad, sucesión de. 23 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.
Tomo XCVI, página 1979. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4063/45. Arocena de Belausteguigoitia Elvira. 23 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.