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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1271
ALCOHOL, PAGO DEL IMPUESTO POR LOS INGENIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1271
El traslado de alcohol por medio de una factura, por un ingenio, no implica violación de los artículos 15 y 69 de la Ley del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas, pues no existe norma jurídica que precise la época del pago del impuesto y por tanto, no hay base para imponer una sanción por falta de dicho pago.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5699/47. Ingenio Constancia, S.A. 19 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.