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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320658
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1272
ALCOHOL, IMPUESTO PARA LOS INGENIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1272
Cuando se trata de una partida de alcohol que sale de un ingenio para trasladarlo a otra negociación, el pago del impuesto ya no es una carga de dicho ingenio, sino de la sociedad que, organizada conforme a la ley, recibe el alcohol, y será ésta a quien, de proceder, se le deba imponer la multa correspondiente por falta de pago del impuesto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5699/47. Ingenio Constancia, S.A. 19 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.