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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1371
ARRENDAMIENTO DE BIENES DE LA NACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1371
Comprobado que la ocupación de un inmueble se apoya en un contrato de arrendamiento entre el ocupante y la autoridad, todas las violaciones al contrato y que den lugar a cualquiera acción en contra del arrendatario, deben ventilarse ante las autoridades judiciales, pues la autoridad arrendadora carece de facultades para actuar administrativamente en contra del arrendatario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8601/47. Rodríguez Prisciliana. 23 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.