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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1856
MAGISTRADOS SEMANEROS DEL TRIBUNAL FISCAL, REVISION POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1856
En los amparos pedidos en contra de las sentencias de las Salas del Tribunal Fiscal de la Federación, es la Sala en contra de cuya sentencia se pida el amparo y no aisladamente los Magistrados que la componen, quienes no pueden asumir por ellos la representación de aquélla, ni promover a nombre o por la misma y, por lo mismo, debe desecharse la revisión que interpongan los aludidos Magistrados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7402/47. "Droguería Echeverría", S.A. 11 de marzo de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.