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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1947
PORTEADORES, RESPONSABILIDADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1947
La responsabilidad de los porteadores respecto al impuesto omitido, se concreta al caso señalado en la fracción II del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Explotación Forestal, o sea el de transporte de productos forestales, sin la orden de remisión que los ampare debidamente, mas no a todos los casos de infracción que consigna la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5775/47. Compañía del Ferrocarril Sud-Pacífico de México. 15 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.