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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320702
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1950
ACTO RECLAMADO, PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1950
Si la autoridad manifiesta en su informe que ignora que la quejosa hubiera impugnado el acto, implícitamente niega que se le hubiere presentado el escrito de inconformidad, lo cual es un hecho materia de prueba y al no hacerlo el quejoso, debe tenerse como no acreditado el acto reclamado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 150/48. Diez Alonso Gerardo, sucesión de. 15 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.