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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1956
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, AMPARO CONTRA LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1956
Es improcedente el amparo que se pida contra los decretos que declaran vigentes las modificaciones y adiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, dictadas durante el periodo de emergencia, porque el acto de ejecución necesario para la procedencia del amparo contra la Ley del Impuesto Sobre la Renta, no lo constituye ni puede constituirlo la publicación de esa ley, de la que se deriva únicamente la obligación de presentar las manifestaciones respectivas, sino la calificación que haga la autoridad con los datos que se le proporcionen.
Precedentes
Tomo XCV, página 2429. Indice Alfabético. Amparo en revisión 8677/47. Anderson Clayton y Company, S. A. de C. V. 17 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.
Tomo XCV, página 1956. Amparo administrativo en revisión 8082/46. Compañía Mexicana de Luz y Fuerza Motriz, S. A. 15 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.