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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320749
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 284
COMERCIOS, FUNCIONAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 284
Es indebido autorizar mediante el beneficio de la suspensión definitiva, el funcionamiento de una negociación o establecimiento, cuando estos carecen de la licencia respectiva, porque de proceder así, se contrariarían disposiciones de orden público y el artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5671/47. Pastén Callejas Vicente. 10 de octubre de l947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.