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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 493
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA CLUBES DEPORTIVOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 493
Es procedente la deducción de los gastos correspondientes a la partida de un club deportivo, por estar comprendida tal erogación en la disposición del artículo 11, fracción B, del reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y del artículo 6o. del Decreto del 21 de abril de 1944.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3724/46. Banco de Comercio, S. A. 20 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.