Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/320765
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 598
AMPARO ALCANCE DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 598
Los actos en el amparo deben estimarse con todas sus consecuencias y resultados connaturales y consiguientes, y en tal virtud, cuando se pide amparo contra una determinada resolución de autoridad administrativa o determinado acto de la misma, se sobreentiende que se está solicitando la protección de la Justicia Federal por la que hace sus resultados y efectos naturales, toda vez que los actos no se consuman plenamente, ni trascienden en el campo de lo jurídico; por el solo hecho de ser dictados, si no que tienen efectos y resultados lógicos que deben comprenderse dentro de la noción misma de los actos reclamados, que se presumen violatorios de garantías, por el quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5017/43. Manzanilla Fernando y coags. 23 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Relator: Franco Carreño.