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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320803
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1101
EXPROPIACION, NOTIFICACIONES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1101
La copia certificada del oficio que las responsables afirmen haber dirigido al interesado, comunicándole el acuerdo que decreto la expropiación de un inmueble, es una constancia que no basta para estimar legalmente practicado el emplazamiento si la razón de recibo que consigna, no aparece levantada ante funcionario alguno que haya dado fe del domicilio y de la identidad de la persona a quien se dirigió dicho oficio y tampoco aparece reconocida dicha constancia, por quien se afirma recibió el mencionado oficio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2331/43. Gómez Ligero Mariano e Ignacio. (Acumuladas) . 12 diciembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.