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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320823
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1376
RUTAS, PERMISOS DE (LEGISLACION DE SINALOA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1376
Si de acuerdo con el artículo 120 del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Culiacán, cuando una línea de ruta urbana tenga necesidad de usar parte de un camino de la clase que ésta sea, antes de otorgarse el permiso correspondiente, se oirá a los permisionarios de la ruta o rutas que pudieran resultar afectadas, por mayoría de razón debe oírse a los permisionarios, cuando se pretenda conceder a tercero, un permiso para idéntica ruta, y si no se cumple ese requisito se violan las garantías del permisionario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5394/47. Bon Bustamante Benjamín. 21 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.