Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/320842
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 175
ADUANAS, RESPONSABILIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 175
No basta que las mercancías se encuentren dentro de un recinto oficial para que haya responsabilidad de la Hacienda Pública Federal, si no para que se surtan las condiciones del artículo 26 de la Ley Aduanal, y completamente exista dicha responsabilidad, es menester que la mercancía se encuentre la bajo la responsabilidad directa de la Aduana, ya sea por estar almacenada, o por cualquier otro concepto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 10045/44. Castellanos Daniel I. 4 de julio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.