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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320881
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 877
REGIDORES, CESE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 877
El acuerdo por el cual se manda suspender al quejoso en sus funciones de regidor, privándosele de los derechos de audiencia y de defensa, es violatorio de garantías individuales y no de derechos meramente políticos, pues no se trata de decidir sobre la legalidad del voto que le confirió el encargo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3439/47. Díaz Puente José. 24 de julio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.