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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320901
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1055
TIERRAS, CAMBIO DE LOCALIZACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1055
Si con arreglo a los términos del fallo presidencial definitivo, no debían afectarse las propiedades de unas personas, y, posteriormente por haber dado una orden para ejecutar un cambio de localización, las mismas fueren afectadas, es indudable que se trata de una indebida afectación y por tanto, debe declararse procedente la queja que contra esa orden se interpongan, para el efecto de otorgar una compensación con tierras equivalentes en extensión y calidad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2880/46. Cruz Lozano José y coags. 28 de julio de 1947. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Téllez López.