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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1283
ASOCIACIONES, OBLIGACIONES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1283
La libertad de asociación no libera a los particulares de la obligación de satisfacer las exigencias que la ley señala para la constitución de instituciones de carácter público, con personalidad jurídica, situación distinta de las asociaciones privadas, quienes no pueden quedar sujetas a reglamentaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3587/47. Ortiz J. Jesús y coags. 4 de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.