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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1446
MILITARES, CONTESTACION A SUS PROMOCIONES EN CASO DE POSTERGACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1446
En el caso de que un militar presente un escrito de inconformidad con el ascenso de un tercero, en perjuicio de el y pidió que se le notifiquen las causas de la postergación, tal escrito no puede darse por contestado sin perjuicio de la garantía del artículo 8o. constitucional, con el solo hecho de comunicar al afectado que será integrado el jurado que dictaminara lo procedente, pero sin poner en su conocimiento las razones para postergarlo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3107/47. Valdez Velázquez Carlos R. 11 de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.