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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320959
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1880
TIERRAS OCIOSAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1880
La Ley Federal de Tierras Ociosas no contiene disposición alguna que faculte al Poder Ejecutivo de los Estados para revisar, revocar o nulificar las resoluciones que los Ayuntamientos dicten con motivo de la disposición de dichas tierras.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2066/43. Romero José y coags. 27 de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausencia: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.