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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 843
CASAS, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE DESOCUPARLAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 843
Procede negar la suspensión contra la orden de desocupar una casa, fundada en el reglamento de construcciones, por estimarse que una casa está en ruinas, ya que la medida esta fundada en una disposición de orden público y porque si bien es cierto que la negativa de la suspensión autoriza a llevar a efecto la desocupación, tal hecho no lesiona intereses jurídicos, ya que redunda en beneficio del ocupante.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1242/46. Neve María Aurelia. 24 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIII, página 4262. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 289/45. 19 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CIV, página 1346. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 9029/49. 8 de mayo de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.