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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321030
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1018
ACTO RECLAMADO, CONOCIMIENTO DE (ALBACEAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1018
No puede admitirse que quien es notificado en lo personal de un acuerdo, lo ignore en cuanto a su personalidad, como albacea de una sucesión, por lo que si tuvo conocimientos de una resolución, debió intentar el recurso ordinario correspondiente, para defender a la sucesión representada, máxime, si no es imputable a la responsable el hecho de que la notificación no se haya hecho a la sucesión, sino al albacea en lo personal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 867/47. Flores Ignacio, sucesión de. 28 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Téllez López.
Tomo LV, página 1930. Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 8314/37. Arizmendi viuda de Chico Soledad, sucesión de. 28 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.