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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1031
EXPROPIACION PARA DEPORTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1031
Debe concederse la suspensión en amparo pedido contra la expropiación de un predio para establecer un campo de deportes, pues con ello no se perjudica el interés social ni se violan disposiciones de orden público, pues tales campos sólo benefician a un grupo determinado y no a la colectividad en general y con la suspensión evitan los daños y perjuicios al agraviado, con la demolición de los inmuebles de su propiedad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 286/45. 28 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.