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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1311
MINERIA, SUSPENSION EN CASO DE LEYES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1311
Las leyes relativas a la minería, al igual que las leyes relativas al petróleo, son de interés nacional, toda vez que regulan unas de las principales fuentes de riqueza pública, y si cuando se ha tratado de la aplicación de las leyes relativas al petróleo, se ha resuelto que no procede la suspensión, por las razones expuestas, y además porque el perjuicio social y del Estado es patente si se concediera, es indudable que debe aplicarse el mismo criterio cuando se trata de leyes relativas a la minería por ser también fuente de riqueza importante.
Precedentes
Tomo XCII, página 2743. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2505/45. Compañía Minera Plomosa, S. A. 7 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.
Tomo XCII, página 1311. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2504/45. Compañía Internacional Minera, S. A. 7 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.