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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321057
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1428
ALCOHOL, CUOTAS A LOS EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1428
Es violatoria de garantías la calificación hecha a un comercio, en donde se expendan debidas alcohólicas, si no se toma en cuenta que la cantidad tomada como base para el impuesto, está involucrada al movimiento de ventas de otras mercancías, del mismo comercio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1363/47. Gutiérrez Ordóñez Eduardo. 9 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.