Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/321077
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321077
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2259
CALIFICACIONES ESTIMATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2259
Aunque la autoridad fiscal está autorizada para hacer la calificación estimativa, como sanción por la falta de administración de datos solicitados, ello no quiere decir que no deba tomar en cuenta para hacerla, los elementos consistentes en signos externos y otros utilizables para hacer la calificación correcta, por lo que si se aparta de dichas normas, la calificación es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2445/47. Papas Yoryal Constantino. 26 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Téllez López. La publicación no menciona el nombre del ponente.