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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321124
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 653
PRUEBAS, PRORROGA DEL TERMINO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 653
El término de prueba a que se refiere el artículo 154, fracción I, del Código Federal de Procedimientos Civiles, solamente es prorrogable cuando el Juez le haya fijado un término menor de diez días, no pudiéndose prorrogar sino hasta el máximo, esto es, hasta los diez días de que habla dicho precepto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8978/38. Compañía Azucarera del Mante, S.A. 23 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. Relator: Franco Carreño.