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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 662
MULTAS, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 662
Cuando el quejoso niega ser el infractor, y las autoridades responsables no afirmaron lo contrario en sus informes previos, debe considerarse como cierta la negativa de la supuesta infracción y debe concederse la suspensión, al infractor en contra del impuesto, sin exigírsele depósito, sino fianza.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7276/45. Faraón Chaul Mansur. 23 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. La publicación no menciona el nombre del ponente.