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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 962
REQUERIMIENTOS, DEBEN SER PERSONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 962
Conforme al artículo 30 de la Ley de Amparo, los requerimientos o prevenciones deben hacerse personalmente a los interesados, a fin de que conste plenamente que los conocieron.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 4368/46. Laboratorios Vita Mex, S.A. 1o. de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y ponente: Alfonso Francisco Ramírez.