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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 321143
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1129
PERDIDAS, IMPUESTOS EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1129
El artículo 18 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, no releva a las sociedades de la obligación legal de reponer y pagar el impuesto del ocho por ciento sobre dividendos, por las utilidades no distribuidas y aplicadas a reponer parte del déficit del capital de ejercicios anteriores.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7172/46. Compañía Urbanizadora, S.A. 6 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.